Conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, como arrendador puedes solicitar la fianza legal, que es obligatoria y debes depositar en el organismo autonómico correspondiente (IVIMA si el inmueble está ubicado en Madrid INCASOL si está en Barcelona o AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA si está en Valencia).
Adicionalmente, puedes solicitar una garantía adicional por una cuantía que no puede exceder dos mensualidades de la renta pactada.
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